En los términos del Artículo 34 de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y la Resolución Nº 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación del servicio contratado o producto adquirido a distancia dentro del plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de contratación o recepción, sin penalidades ni retenciones indebidas.